Se entiende por Accidente de Trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.
¿Qué se considera Accidente de Trabajo?
Se presumirá, salvo prueba en contrario, que son constitutivas de accidente de trabajo las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en el lugar del trabajo.
El art. 169 del RDL 8/2015. Concepto. Establece respecto a la interrupción del embarazo, que puede ser debida a accidente de trabajo o enfermedad profesional, en cuyo caso tendrá la consideración de situación de incapacidad temporal por contingencias profesionales.
No obstante lo establecido en los apartados anteriores, no tendrán la consideración de accidente de trabajo:
No impedirán la calificación de un accidente como de trabajo: