Boletín de

Prevención de

Riesgos Laborales

 

 

 MAZ MATEPSS nº 11                                             Julio / Agosto 2012  -  Nº 14
 
 
 
 
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JURISPRUDENCIA EN PRL

 

 

 

JURISPRUDENCIA AL DÍA

 
  • Acoso laboral: No se deben permitir estilos de gestión y de mando que, en uso o ejercicio de la posición superior y de facultades legales, determinen desplazamiento, degradación, infravaloración y descalificación de un trabajador de forma persistente, generando con ello un ambiente de trabajo hostil manifestado en el hecho de saberse el trabajador no querido, respetado y apreciado por su dirección lo que claramente atenta contra su dignidad e integridad moral, constituyendo un acoso.

  •  Complemento de penosidad: Obligación de su abono por parte de la empresa. Nivel de ruido superior a 80 db. Falta de evaluación de riesgos laborales. Uso de protectores auditivos con posterioridad al periodo por el que se reclama el complemento. Recurso de casación para la unificación de doctrina: Falta de contradicción. Incumplimiento del requisito de fundamentar la infracción legal denunciada. Complementos de penosidad. Nivel de ruido.

  • Recargo de prestaciones: Procedencia. Fallecimiento de trabajador, empleado de la construcción, por una ola de calor. La falta de adopción por parte de la empresa de las medidas necesarias para proteger la salud frente a las altas temperaturas habidas a lo largo de toda la jornada de trabajo, procede imponer a la empresa el recargo del 35 % por falta de medidas de seguridad en las prestaciones de Seguridad Social derivadas del accidente de trabajo.

  • Delito contra la seguridad y la salud en el trabajo. Accidente de trabajo: Construcción de la Autovía del Mediterráneo. Precipitación al vacío de una autocimbra que provoca la muerte a siete trabajadores. Responsabilidad de los diferentes implicados en la ámbito de la seguridad de los trabajadores: Ausencia de actuación de los acusados en los hechos delictivos. Principio acusatorio: Imposibilidad de apertura de juicio oral con el ejercicio de la acción penal únicamente por la acusación popular. Medidas de seguridad e higiene en el trabajo: Estructura omisiva del tipo penal. Delito de peligro. Regularidad de la documentación en materia preventiva. Actuación de la representación de los trabajadores en materia preventiva. Absolución.

  • Colegios profesionales: Impugnación del Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio. Análisis del procedimiento de elaboración del Real Decreto. Principio de reserva de ley. Régimen de distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Exclusión de determinadas actividades profesionales respecto al visado colegial obligatorio. Admisión de visado por Colegio de profesión distinta a la del autor del proyecto. Desestimación del recurso interpuesto por el Consejo General de Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos.

  • Prevención de riesgos laborales: Sustancias químicas. Riesgos graves e inminentes para la salud de los trabajadores. Infracciones y Sanciones. Principio de proporcionalidad. Potestad sancionadora de la Administración. Gravedad del daño. Incongruencia omisiva. Valoración de la prueba. La sanción está adecuadamente calificada como muy grave en atención a la exposición a un agente químico y su incidencia en la salud de los trabajadores. No ha lugar.

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ANTERIORES

 

·     Trabajos con pantallas de visualización. Ilegalidad de la acumulación de los descansos preceptivos (SAN de 21 de febrero de 2011).

·     Accidente en la construcción: delimitación de la responsabilidad de la empresa principal y de la contratista (STSJ de Andalucía de 10 de febrero).

·     Prevención de riesgos laborales. Expediente sancionador. Faltas (STS de 2 de marzo de 2011).

·     Accidente de trabajo. Infarto de miocardio en los vestuarios (STS de 22 de diciembre de 2010).

 

  

MAZ Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social nº 11