La empresa usuaria, previa a la celebración
del contrato de puesta a disposición deberá informar a la
empresa de trabajo temporal sobre las características del puesto
de trabajo y de todos los aspectos de seguridad y salud que
afecten al trabajador que va a ser contratado.
Además, la empresa usuaria deberá solicitar la información
necesaria de la empresa de trabajo temporal para asegurarse que
el trabajador puesto a disposición cumple con todas las
condiciones exigibles en materia preventiva, en concreto lo
referente a: información, formación y reconocimientos
médicos. Conjuntamente la empresa usuaria debe informar al
trabajador puesto a su disposición de los riesgos existentes
para su salud y seguridad en el puesto de trabajo y en las
tareas que va a desarrollar.
La empresa usuaria debe proteger a los trabajadores
provenientes de empresas de trabajo temporal en todo lo
relacionado con la protección de su salud y seguridad, al mismo
nivel de protección que a los restantes trabajadores de la
empresa.