Boletín de

Prevención de

Riesgos Laborales

 

 

 MAZ MATEPSS nº 11                                              Septiembre/Noviembre 2013 - Nº 19
 
 
 
 
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JURISPRUDENCIA EN PRL

 

 

 

JURISPRUDENCIA AL DÍA

 
  • Prestaciones por riesgos para la lactancia natural: Necesidad de existencia de riesgos concretos, no genéricos, que influyan negativamente en la salud de la madre o del lactante.
  • Accidente de trabajo: Petición de indemnización de daños y perjuicios derivados de accidente producido por caída en altura durante el montaje de un letrero luminoso. Adopción de medidas de seguridad adecuadas en materia de prevención de riesgos laborales por parte de la empresa. Puesta a disposición del trabajador de los equipos necesarios y la formación adecuada. La falta de utilización de arneses o cinturón de seguridad no constituye en este caso una omisión de medidas de seguridad imputable al empresario. Desestimación del recurso.
  • Tiempo de trabajo: Acceso al registro del tiempo de trabajo. Infracciones laborales: Impedir el acceso a la autoridad competente a los datos relativos al tiempo de trabajo. Protección de datos personales: Quedan incluidos en el concepto de datos personales el registro del inicio y fin de la jornada laboral y la indiciación de los periodos de descanso correspondientes. Obligación de los Estados miembros de preveer medidas técnicas para la protección de estos datos. Sanciones administrativas: Principio de proporcionalidad.
  • Seguridad en el trabajo: Derecho de los trabajadores destinados en el turno de noche, a realizar todos sus desplazamientos acompañados, salvo para los realizados a menos de 60 km de recorrido total en situaciones justificadas y debatidas en el Comité Provincial de Seguridad y Salud de la empresa, cuyos acuerdos son de obligado cumplimiento
  • Permiso de lactancia: Miembro del Cuerpo Nacional de Policía solicitante de permiso de lactancia de tres semanas de duración por parto múltiple. Ejercicio indistinto por ambos cónyuges. Renuncia por el cónyuge que disfruta del permiso de tres de las ocho semanas correspondientes. Comenzado a ser ejercido el permiso por uno de los progenitores, puede ser disfrutado por el otro el resto del mismo, hasta completar el plazo máximo.
  • Incapacidad permanente derivada de enfermedad común: Periodo de carencia. Ley 40/2007. A efectos de obtener el periodo de carencia exigible son computables los días cuota. Los días cuota no computan a efectos de incrementar la base reguladora de la prestación. A efectos de la prestación de jubilación, los días cuota no cumputan para el cálculo del periodo de carencia. Recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el Ministerio Fiscal a instancia del INSS, al amparo del artículo 219-3 de la LRJS.
  • Incapacidad temporal:  Extinción de la prestación por incomparecencia al reconocimiento médico de control, tras haber recibido citación de la Mutua. Falta de contradicción.
  • Delegados de prevención laboral:  Aun cuando los Convenios Colectivos puedan establecer otros sistemas de designación de los delegados de prevención, ello será siempre que se garantice que la facultad de designación corresponde a los representantes del personal o a los propios trabajadores.
  • Delito contra los derechos de los trabajadores: Falta de lesiones por imprudencia. Presunción de inocencia: La eliminación de las pruebas irregularmente valoradas deja sin sustento el relato de hechos probados que soporta la declaración de culpabilidad de los acusados.
  • Recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad:  La trabajadora no fue informada de los riesgos del puesto de trabajo correctamente, de que no existía una evaluación de los riesgos laborales completa, ni se habían adoptado concretas medidas de seguridad y de prevención del riesgo de atraco. El carácter inevitable del atraco no desvirtúa su consideración de riesgo laboral.
  • Enfermedad profesional:  Reclamación de indemnización de daños y perjuicios frenta a Mutua. Falta de medidas de seguridad respecto al ruido en el puesto de trabajo. Déficit de agudeza auditiva sufrido por el trabajador, vértigos esporádicos y trastorno depresivo. Competencia del orden jurisdiccional social para conocer la reclamación. Nulidad de Sentencia y retroacción de actuaciones. Estimación del recurso.
  • Accidente por imprudencia: El Tribunal considera que no procede la imposición del recargo de prestaciones a la empresa porque el accidente se produjo por una imprudencia del trabajador y además no existe nexo de causalidad entre el accidente y la posible falta de medidas de seguridad.
  • Tras diversas bajas y recaídas por los problemas de espalda se reconoció la incapacidad permanente del trabajador.
  • Incapacidad temporal: Extinción de la prestación por incomparecencia al reconocimiento médico de control, tras haber recibido citación de la Mutua. Falta de contradicción.

 

 

 

ANTERIORES

 
  • Formación obligatoria: Consideración de las horas dedicadas a formación como tiempo de trabajo.
  • Lactancia: Exposición a agentes contaminantes biológicos que entrañen un riesgo para la lactancia natural.
  • Estatuto Básico del Empleado Público: Discriminación por razón de sexo. Obligación de evaluar los riesgos que para la trabajadora en situación de embarazo o parto reciente.
  • Coordinación de actividades empresariales: El empresario titular del centro de trabajo adoptará las medidas necesarias para que aquellos otros empresarios que desarrollen actividades en su centro de trabajo reciban la información y las instrucciones adecuadas, en relación con los riesgos existentes en el centro de trabajo y con las medidas de protección y prevención correspondientes.
  • Caída de un andamio: No se puede concluir que las lesiones sufridas por el apelante pueden ponerse a cuenta de la falta de una medida preventiva
  • Salud laboral: Médico que contrae enfermedad por contagio de un paciente.
  • Incapacidad permanente: Una limitación de la flexión de la rodilla no afecta al puesto de ingenioer químico.
  • Incapacidad permanente derivada de enfermedad profesional: Hay que distinguir entre el riesgo asegurado y su actualización. La entidad responsable es el INSS que era la aseguradora del riesgo por imperativo legal, aunque la actualización del mismo fuera en fecha posterior
  • Vacaciones anuales retribuidas: Se reconoce el derecho a la determinación de un nuevo período de disfrute cuando antes, simultáneamente, o después de iniciadas las vacaciones, el trabajador pasa a la situación de incapacidad temporal que le impide disfrutarlas.
  • Riesgo durante la lactancia: La actora, técnico de Rayos X, no está sometida en su puesto de trabajo a riesgos químicos, vibraciones, ruidos o temperaturas extremas, ni al uso de productos farmacéuticos. Tampoco hay constancia de riesgos biológicos, ni está sometida a trabajo a turnos ni a trabajo nocturno.
  • Recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad: Existe un evidente nexo causal entre el accidente y la omisión de las medidas de seguridad necesarias para el mantenimiento de los equipos de trabajo
  • Delitos contra los derechos de los trabajadores: Control y vigilancia del cumplimiento de las instrucciones establecidas en materia de prevención de riesgos laborales. Designación de trabajadores que se ocupen de los deberes de prevención. Sobreseimiento provisional de la causa ajustado a derecho. Desestimación de los recursos.
  • Subvenciones públicas: Denegación de la subvención por falta de contratación de servicio de prevención ajeno en la especialidad de vigilancia de la salud. Desestimación del recurso.
  • Accidente de trabajo: Solicitud de indemnización con cargo a la aseguradora de la empresa subcontratista. Falta de capacitación del demandante para ejecutar labores con dumper. Ausencia de supervisión en el desempeño de las tareas. Infracción de la normativa laboral. Competencia de la Jurisdicción Social. Daños incardinados dentro del ámbito laboral y no civil. Desestimación del recurso.
  • Prevención de riesgos laborales: Condena por un delito contra los derechos de los trabajadores y un delito de homicidio imprudente.
  • Enfermedad profesional: Contacto con amianto. Cuantificación ponderada de los daños.
  • Accidente de trabajo: Recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad. Accidente de trabajo ocurrido durante el acondicionamiento y construcción de naves industriales. Declaración de responsabilidad solidaria en el recargo de prestaciones.
  • Impugnación del artículo 81 y del Anejo 19 del Real Decreto 1247/2008: Regulación del sistema de distintivos de calidad injustificada y desproporcionada. Estimación del recurso.

  • Mutuas: Imposición de la obligación de reintegro a la Seguridad Social a Mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

  • Sucesión de contrata de servicios: Subrogación empresarial. Requisitos impuestos por el convenio colectivo.

  • Delitos contra los derechos de los trabajadores: Lesiones. Procedimiento abreviado. Coordinador de seguridad: Funciones y labores.

  • Mutualidades de Previsión Social: Competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Competencias compartidas: Sometimiento de la competencia autonómica al Estado en relación con las normas básicas.

  • Recargo de prestaciones de la Seguridad Social por omisión de medidas de seguridad: Determina la responsabilidad solidaria del promotor que había contratado diversas empresas independientemente y que no había nombrado coordinador (cuando se habla de que en la obra intervenga más de una empresa o una empresa y autónomos no se distingue si la actuación es simultánea o sucesiva).

  • Accidente de trabajo: Presunción de laboralidad. Infarto de miocardio en el vestuario.

  • Enfermedad profesional: Responsabilidad empresarial. Incumplimiento de la normativa sobre medidas de carácter genérico para evitar la contaminación por contacto con el amianto. Indemnización por daños y perjuicios.

  • Conflicto colectivo: Tiempo de trabajo «normal» de los trabajadores nocturnos. Incumplimientos empresariales en materia de prevención: cauce para su denuncia.

  • Conflicto colectivo: Trabajos con pantallas de visualización de datos. Empresas de Contact Center. Descanso de cinco minutos.

  • Accidente de trabajo: Formación en prevención de riesgos laborales.

  • Accidente de trabajo : Recargo de prestaciones de la Seguridad Social por accidente de trabajo a bordo de un buque

  • Líneas básicas del recargo de prestaciones: Carácter esencial del nexo causal.

  • Enfermedades profesionales: Indemnización por daños y perjuicios. Exposición al amianto.

  • Accidente de trabajo: Labores en máquina en mal estado. Alcance del deber de protección del empresario. Concurrencia de culpas.

  • Recargo de prestaciones de la Seguridad Social: Omisión de medidas de seguridad. Mala praxis del trabajador.

  • Impugnación del Real Decreto 346/2011: Infraestructuras comunes. Servicios de telecomunicación en el interior de las edificaciones. Estimación parcial.

  • Impugnación del Real Decreto 1000/2010: Visado colegial obligatorio. Título competencial. Desestimación.

  • Riesgo durante la lactancia: Tripulantes de cabina de pasajeros. La empresa no ofrece puesto alternativo. El régimen de turnos y las condiciones a bordo de las aeronaves impiden mantener el ritmo de lactancia natural. Derecho a la prestación por riesgo durante la lactancia natural.

  • Vacaciones: Incapapacidad laboral. Los trabajadores tienen derecho a disfrutar de sus vacaciones anuales retribuidas coincidentes con un período de baja por enfermedad en un período posterior, con independencia del momento en que haya sobrevenido esa incapacidad laboral. Considera el TJUE que sería aleatorio y contrario a la finalidad del derecho a las vacaciones anuales retribuidas conceder ese derecho únicamente al trabajador que ya se encuentre en situación de incapacidad laboral cuando se inicie el período de vacaciones anuales retribuidas. Además, dispone que el nuevo período de vacaciones anuales se corresponderá con la duración del solapamiento entre el período de vacaciones anuales inicialmente fijado y la baja por enfermedad.

  • Complemento de penosidad por ruido: Derecho al percibo de este plus al estar sometidos los trabajadores a niveles de ruido superiores a los 80 decibelios y a temperaturas que superaban los 25 grados centígrados. No se han efectuado mediciones de ruidos en la empresa que permitan confirmar un nivel de ruido distinto e inferior al que establece el servicio de prevención.

  • Procedimiento administrativo sancionador: Recurso contra las Resoluciones de la Consejería de Trabajo e Industria de Cataluña que acordaron imponer a la empresa recurrente una sanción de multa en materia de prevención de riesgos laborales. Caducidad del procedimiento sancionador por transcurso de más de seis meses para su resolución y notificación. Inicio del cómputo del plazo desde el acta de infracción y suspensión del trámite por prejudicialidad penal. Doctrina del Tribunal Supremo. Cómputo del plazo desde la firmeza de la resolución de sobreseimiento y no desde su notificación. Estimación del recurso de casación.

  • Certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción: Competencia para la renovación. Cualquiera de los integrantes de la dirección facultativa puede suscribir el certificado de eficiencia energética del edificio terminado. Integración del coordinador de seguridad e higiene en la dirección facultativa.

  • Recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad: Procedente. Caída de cesta de una manipuladora electroscópica con los trabajadores dentro. Falta de comprobación del estado de la máquina. Determinación del porcentaje del recargo. Se mantiene el impuesto por la sentencia de instancia, ya que el recargo es proporcional a la gravedad de la falta.

  • Vacaciones: Retribución. El funcionario tiene derecho, en el momento de su jubilación, a una compensación económica por las vacaciones anuales retribuidas no disfrutadas por el hecho de no haber ejercido sus funciones a causa de una enfermedad.

  • Daños derivados de enfermedad profesional: Enfermedad profesional: La empresa demandada sí debe ser considerada responsable civil por los daños derivados de la enfermedad profesional de la actora. Exposición a amianto. Existencia de importantes deficiencias en el cumplimiento de la normativa de seguridad y salud.

  • Acoso laboral: No se deben permitir estilos de gestión y de mando que, en uso o ejercicio de la posición superior y de facultades legales, determinen desplazamiento, degradación, infravaloración y descalificación de un trabajador de forma persistente, generando con ello un ambiente de trabajo hostil manifestado en el hecho de saberse el trabajador no querido, respetado y apreciado por su dirección lo que claramente atenta contra su dignidad e integridad moral, constituyendo un acoso.

  •  Complemento de penosidad: Obligación de su abono por parte de la empresa. Nivel de ruido superior a 80 db. Falta de evaluación de riesgos laborales. Uso de protectores auditivos con posterioridad al periodo por el que se reclama el complemento. Recurso de casación para la unificación de doctrina: Falta de contradicción. Incumplimiento del requisito de fundamentar la infracción legal denunciada. Complementos de penosidad. Nivel de ruido.

  • Recargo de prestaciones: Procedencia. Fallecimiento de trabajador, empleado de la construcción, por una ola de calor. La falta de adopción por parte de la empresa de las medidas necesarias para proteger la salud frente a las altas temperaturas habidas a lo largo de toda la jornada de trabajo, procede imponer a la empresa el recargo del 35 % por falta de medidas de seguridad en las prestaciones de Seguridad Social derivadas del accidente de trabajo.

  • Delito contra la seguridad y la salud en el trabajo. Accidente de trabajo: Construcción de la Autovía del Mediterráneo. Precipitación al vacío de una autocimbra que provoca la muerte a siete trabajadores. Responsabilidad de los diferentes implicados en la ámbito de la seguridad de los trabajadores: Ausencia de actuación de los acusados en los hechos delictivos. Principio acusatorio: Imposibilidad de apertura de juicio oral con el ejercicio de la acción penal únicamente por la acusación popular. Medidas de seguridad e higiene en el trabajo: Estructura omisiva del tipo penal. Delito de peligro. Regularidad de la documentación en materia preventiva. Actuación de la representación de los trabajadores en materia preventiva. Absolución.

  • Colegios profesionales: Impugnación del Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio. Análisis del procedimiento de elaboración del Real Decreto. Principio de reserva de ley. Régimen de distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Exclusión de determinadas actividades profesionales respecto al visado colegial obligatorio. Admisión de visado por Colegio de profesión distinta a la del autor del proyecto. Desestimación del recurso interpuesto por el Consejo General de Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos.

  • Prevención de riesgos laborales: Sustancias químicas. Riesgos graves e inminentes para la salud de los trabajadores. Infracciones y Sanciones. Principio de proporcionalidad. Potestad sancionadora de la Administración. Gravedad del daño. Incongruencia omisiva. Valoración de la prueba. La sanción está adecuadamente calificada como muy grave en atención a la exposición a un agente químico y su incidencia en la salud de los trabajadores. No ha lugar.

  • Indemnización por daños y perjuicios: Relación de causalidad. Enfermedad profesional causada por falta de medidas de prevención. Exposición al amianto durante muchos años.

  • Alta médica dada por la Inspección de Servicios Sanitarios de la Seguridad Social: Posterior baja médica extendida por facultativo del sistema público de salud. Dicha baja puede ser extendida por el médico del sistema público de salud, aunque no hayan transcurrido  seis meses desde el alta de la Inspección,si la nueva baja es causada por una dolencia distinta y que nada tiene que ver con la patología anterior.

  • Transportes Terrestres: Modificación de Reglamento para adaptarlo a la Ley 25/2009. Falta del informe preceptivo del Ministerio de Administraciones Públicas, así como la no consideración de las alegaciones de una de las asociaciones actoras. Las recurrentes se limitan a ofrecer una argumentación genérica, sin examinar de manera particularizada los preceptos supuestamente contrarios a la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres. Actividad de arrendamiento de vehículos. Estimación parcial del recurso.

  • Accidente de trabajo: Responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad. Falta de indicación por la empresa de prohibición de uso por los trabajadores del montacargas. No puede apreciarse caso fortuito ni imprudencia de los trabajadores como excluyente del nexo de causalidad a efectos de la fijación del porcentaje de recargo.

  • Accidente laboral: La sanción impuesta en el mínimo de su grado máximo, es proporcional atendiendo a las circunstancias concurrentes, pues se trata de actividades peligrosas, listadas como trabajos que implican riesgos especiales para la seguridad y salud de los trabajadores, que tienen un carácter permanente, ya que afecta a toda la duración de los trabajos de montaje de la estructura, que han producido unos daños graves que podrían haber producido incluso la muerte del trabajador.

  • Riesgos psicosociales: Existencia del acoso, propiciador de la depresión que dio lugar a la incapacidad temporal y suicidio del trabajador. Recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad: Incumplimiento de las medida de seguridad necesarias para evitar el acoso, el daño y relación de causalidad entre la infracción y el resultado dañoso.

  • Prestaciones por riesgo durante el embarazo: Prestaciones por riesgo durante el embarazo: Conductora de autobús. No consta la existencia de riesgos específicos durante el embarazo al momento de la solicitud y que únicamente se desaconseja la exposición a los inherentes a su puesto de trabajo una vez que haya avanzado la gestación, en particular y aproximadamente a partir de la vigésimo sexta semana.

  • Enfermedad profesional: Trabajadores expuestos al amianto. Las empresas incurrieron en claras omisiones que les eran exigibles. De haber contado la parte trabajadora con equipos adecuados y haberse procurado una limpieza acorde a la reglamentación, las enfermedades no se hubiesen desarrollado o la exposición e inhalación habría sido mucho menor. Procede la indemnización por daños. 

  • Indemnización: Accidente de trabajo. La indemnización por lesiones sufridas en un accidente laboral tiene la naturaleza de deuda valor, en el sentido de que debe cuantificarse atendiendo no a la fecha de producción del daño, sino al día en que recaiga la condena definitiva a la reparación. No ha existido error alguno en la cuantificación de la indemnización por la pérdida temporal de la aptitud laboral.

  • Conflicto Colectivo: Estimación. Vigencia del Decreto de 8 de junio de 1938 y de la Orden Ministerial de 30 de junio del mismo año. Obligación de las empresas de habilitar un local como comedor en los supuestos en que los trabajadores no dispongan de dos horas, al menos, para la comida o almuerzo.

  • Accidente laboral. Supeditación del recargo a la efectiva transgresión de la normativa preventiva. Actas de la inspección
  • Comedores de empresa. Vigencia del decreto de 8 de junio de 1938
  • Accidente laboral. Responsabilidad civil. Aseguradoras
  • Indemnización de daños y perjuicios derivados de accidente de trabajo
  • Recargo procedente. Caída de objeto
  • Recargo procedente. Desmontaje de grúa
  • Responsabilidades penales. Delito de riesgo. Doctrina
  • Imprudencia temeraria. Caída de altura
  • Conflicto colectivo. Retribución variable. Descanso obligatorio posterior al parto
  • Incapacidad temporal. Mejora voluntaria. Extinción del contrato de trabajo
  • STS 22 de noviembre de 2011: Obligación de la empresa de abonar la mejora pactada durante todo el período de incapacidad temporal, aunque el contrato finalice antes que la situación de IT.
  • Accidente laboral. Responsabilidad civil. Aseguradoras. Nulidad del pronunciamiento de la sentencia sobre el tercero que no fue parte en el proceso.
  • Accidente laboral. Supeditación de la imposición del recargo de prestaciones a la efectiva transgresión de la normativa sobre prevención. Presunción de certeza de las actas de la Inspección de Trabajo.
  • Descarga de materiales en obra. Caída de objeto sobre un obrero. Responsabilidad. Procedencia del recargo de prestaciones.
  • Accidente laboral. Configuración del tipo penal regulado en el artículo 316 del Código Penal (Sentencia A.P. de Guadalajara de 2 de diciembre de 2011).
  • Recargo de prestaciones por accidente de trabajo. Distracción del trabajador (STSJ de Castilla y León de 13 de octubre de 2011).
  • Accidente de trabajo. Responsabilidad de las prestaciones (STS de 18 de octubre de 2011).
  • Negativa del empresario a identificar a tres personas encontradas por la Inspección trabajando en la empresa. Responsabilidad (STSJ de Balears de 4 de octubre).
  • Responsabilidad extracontractual. Accidente laboral. Intereses (STS de 20 de septiembre de 2011).
  • Prestaciones por riesgo durante la lactancia natural. Reconocimiento existencia de riesgos específicos.
  • Accidente de trabajo:  Falta de medidas de seguridad. Ausencia de medios auxiliares adecuados que el trabajador debiera haber utilizado para eliminar los residuos  de la máquina que le produjo el accidente.  
  • Movilidad funcional o geográfica por disminución de la capacidad. Adjudicación de plaza vacante.
  • Riesgo durante la lactancia. Tripulante de cabina de pasajeros. Estimación.
  • Acoso laboral. Extinción del contrato de trabajo. Compatibilidad de indemnizaciones.
  • Responsabilidad extracontractual. Accidente laboral. Intereses moratorios.
  • Complemento de penosidad. Exposición al ruido.
  • Lesiones permanentes no invalidantes. Instrumentista. Exposición al ruido.
  • Seguridad industrial. Organismos de control. Exigencias. Inaplicabilidad de la necesidad de la autorización administrativa previa.
  • Complemento de penosidad. Exposición al ruido (STSJ de Castilla y León de 21 de julio de 2011).
  • Extinción del contrato por voluntad del trabajador. Mobbing: Concepto, inexistencia (STSJ de Galicia de 2 de junio de 2011).
  • Responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad. Exposición al amianto (STSJ de Galicia de 2 de junio de 2011).
  • Accidente laboral ajeno a una supuesta falta de formación del empleado. Actuación temeraria del trabajador.
  • Normas y reglamentaciones técnicas. Prescripciones mínimas de seguridad en los centros de trabajo. Instalaciones eléctricas (STJUE de 9 de junio de 2011).
  • Exposición al ruido. Lesiones permanentes. Omisión por el empresario de las debidas medidas de seguridad.
  • Prestación por riesgo durante la lactancia natural. Presupuesto; exigencia de su cumplimiento de forma sucesiva (STS de 17 de marzo de 2011).
  • Accidente por caída de una puerta metálica sobre un trabajador; riesgos de máquinas e instalaciones (STSJ de Andalucía de 17 de febrero de 2011).

·     Trabajos con pantallas de visualización. Ilegalidad de la acumulación de los descansos preceptivos (SAN de 21 de febrero de 2011).

·     Accidente en la construcción: delimitación de la responsabilidad de la empresa principal y de la contratista (STSJ de Andalucía de 10 de febrero).

·     Prevención de riesgos laborales. Expediente sancionador. Faltas (STS de 2 de marzo de 2011).

·     Accidente de trabajo. Infarto de miocardio en los vestuarios (STS de 22 de diciembre de 2010).

 

  

MAZ Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social nº 11